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	<title>Adultos mayores</title>
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	<description>Redlaicos.org.ar weblog</description>
	<pubDate>Mon, 06 Oct 2008 15:33:33 +0000</pubDate>
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		<title>Jubilados nuevamente postergados</title>
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		<pubDate>Mon, 06 Oct 2008 15:31:20 +0000</pubDate>
		<dc:creator>pbagnoli</dc:creator>
		
		<category>General</category>

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		<description><![CDATA[&#160;
Gracias al bloque de senadores kirchneristas, el Gobierno consiguió convertir en ley la movilidad automática de las jubilaciones, que, sin embargo, no respeta la letra ni el espíritu de lo que se entiende por movilidad: una relación de proporcionalidad permanente entre las jubilaciones y los sueldos de los trabajadores activos. Esto, sumado a una redacción [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p class="MsoNormal">&nbsp;</p>
<p class="MsoNormal"><font face="Arial">Gracias al bloque de senadores kirchneristas, el Gobierno consiguió convertir en ley la movilidad automática de las jubilaciones, que, sin embargo, no respeta la letra ni el espíritu de lo que se entiende por movilidad: una relación de proporcionalidad permanente entre las jubilaciones y los sueldos de los trabajadores activos. Esto, sumado a una redacción oscura y confusa y a los complejos cálculos que fija la nueva norma para establecer los aumentos, cálculos que pueden dar lugar a atrasos, la convierte en una ley entre vergonzante y reticente que, por añadidura, provocará decenas de miles de juicios, como han vaticinado los especialistas. </font></p>
<p class="MsoNormal">&nbsp;</p>
<p class="MsoNormal"><font face="Arial">Si bien se puede argumentar que, en cierta medida, la filosofía de la ley busca un patrón de ajuste realista y compatible con los ingresos fiscales, las fundadas críticas planteadas por la oposición y las organizaciones gremiales y de jubilados son numerosas y hacen a aspectos muy graves. </font></p>
<p class="MsoNormal">&nbsp;</p>
<p class="MsoNormal"><font face="Arial">Pese a que las jubilaciones sufrieron un severo retraso en relación con los salarios, la ley se aplicará recién dentro de cinco meses, en marzo del año próximo, pues establece que los aumentos se realizarán cada seis meses (en marzo y en septiembre). Suena cruel decirlo sin medias tintas, pero muchos jubilados no llegarán a beneficiarse con la nueva ley. </font></p>
<p class="MsoNormal">&nbsp;</p>
<p class="MsoNormal"><font face="Arial">Tampoco incluye la norma el pago retroactivo de la movilidad de los haberes devengados entre 2002 y el corriente año, razón que por sí sola provocará otra ola de demandas, pues en 2006 la Corte Suprema, mediante el fallo Badaro, reconoció la movilidad de los haberes por los períodos transcurridos a partir de 2002 hasta 2006. A su vez, la Cámara Nacional Previsional, en el fallo Cirilo, extendió esa movilidad hasta el presente. Nace, pues, la ley con una deuda, y muy grande, con los jubilados. </font></p>
<p class="MsoNormal">&nbsp;</p>
<p class="MsoNormal"><font face="Arial">Un capítulo aparte constituyen las complejas fórmulas que determinarán los futuros aumentos, que combinan la evolución de los precios según los falsos índices del Indec con el crecimiento de la recaudación de los impuestos al trabajo. Mientras que la Corte ha establecido que la movilidad es una relación proporcional entre los salarios y los haberes de retiro, la ley somete la movilidad al resultado de los recursos tributarios de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), al número de beneficiarios y a una inflación oficial mucho más baja que la real y que no se corresponde con los acuerdos salariales. Todo esto también originará una avalancha de juicios que se sumarán a las 40.000 demandas que todos los años ingresan en los tribunales previsionales. </font></p>
<p class="MsoNormal">&nbsp;</p>
<p class="MsoNormal"><font face="Arial">En el Senado, la oposición política calificó de &#8220;confiscatoria&#8221; la fórmula para las actualizaciones y subrayó que en sus dos visitas a las comisiones de la Cámara Alta, el director de la Anses, Amado Boudou, se negó a brindar una cifra concreta del impacto de los haberes del sector pasivo en el sistema de actualización. Por eso, el senador socialista por Santa Fe, Rubén Giustiniani, afirmó: &#8220;Estamos votando una ley a ciegas, porque nadie puede dilucidar cuál es el porcentaje de la fórmula&#8221;. Otros legisladores deslizaron la posibilidad de denunciar ante la Justicia la inconstitucionalidad de la flamante ley. A la complejidad de los cálculos se suma, como ya dijimos, la oscura redacción del texto con permanentes remisiones, sustituciones y conceptos cruzados. </font></p>
<p class="MsoNormal">&nbsp;</p>
<p class="MsoNormal"><font face="Arial">Pero hubo en el debate del Senado una suerte de confesión que obliga a reflexionar, y la deslizó el senador peronista por Corrientes, Fabián Ríos: &#8220;No quiero mentirle a mi mamá; no sé si vamos a llegar al 82 por ciento móvil&#8221;. </font></p>
<p class="MsoNormal">&nbsp;</p>
<p class="MsoNormal"><font face="Arial">Tan azarosa e injusta es la historia de la evolución de las jubilaciones en nuestro país que a veces se tiende a considerarlas dádivas que otorga el Estado, cuando en realidad consisten en el pago de una deuda contraída con los trabajadores por todo lo que aportaron durante su vida activa. Ese dinero no pertenece al Estado, y toda forma de reticencia en su devolución, como la que esconde esta confusa ley, mantiene y acrecienta la deuda con aquellos que ya no tienen tiempo para esperar que les devuelvan lo que legítimamente les pertenece. </font></p>
<p class="MsoNormal"><font face="Arial">La Nación, Editorial</font><font face="Arial">5 de octubre de 2008</font></p>
<p class="MsoNormal">&nbsp;</p>
<p class="MsoNormal">&nbsp;</p>
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		<title>Los Docentes Jubilados, con movilidad especial</title>
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		<pubDate>Sat, 04 Oct 2008 14:20:43 +0000</pubDate>
		<dc:creator>pbagnoli</dc:creator>
		
		<category>General</category>

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		<description><![CDATA[Educación, la Anses y la Ctera estudian un nuevo régimen 
Los docentes jubilados tendrán, finalmente, una movilidad especial para sus haberes, por lo que quedarán al margen de la ley que regirá para el sistema general, y que fue aprobada el miércoles último por el Congreso. Así lo afirmó,  Amado Boudou, director ejecutivo de la Administración [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><strong><span><font face="Arial">Educación, la Anses y la Ctera estudian un nuevo régimen</font></span></strong><font face="Arial"> </font></p>
<p><font face="Arial">Los docentes jubilados tendrán, finalmente, una movilidad especial para sus haberes, por lo que quedarán al margen de la ley que regirá para el sistema general, y que fue aprobada el miércoles último por el Congreso. Así lo afirmó, <span> </span>Amado Boudou, director ejecutivo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses). Los haberes de los maestros retirados irán aumentando, según lo previsto, según la variación que tenga el sueldo activo correspondiente al último cargo ocupado. </font><font face="Arial"> </font></p>
<p><font face="Arial">Además de los docentes, también los investigadores científicos tendrán una jubilación móvil en función de los salarios de la actividad, dijo el funcionario. </font><font face="Arial"> </font></p>
<p><font face="Arial">Ambos gremios tienen regímenes previsionales especiales, que garantizan un haber inicial equivalente al 82% (docentes) o al 85% (investigadores) del último ingreso percibido antes del retiro. Las leyes que regulan esos sistemas (la 24.016 y la 22.919) establecen que las jubilaciones deben ser móviles, pero en la práctica eso no se está cumpliendo, a menos que se gane una demanda judicial contra el Estado. </font><font face="Arial"> </font></p>
<p><font face="Arial">En el caso de los docentes, el miércoles próximo comenzará a trabajar, por una convocatoria de la Secretaría de Seguridad Social, una comisión técnica integrada por representantes de la Anses, del Ministerio de Educación y de la Confederación de Trabajadores de la Educación (Ctera), según contó la secretaria general del sindicato, Stella Maldonado. </font><font face="Arial"> </font></p>
<p><font face="Arial">La definición de un esquema para dar movilidad tiene su grado de complejidad, porque el mecanismo alcanzará a docentes de varias jurisdicciones, en las que los sueldos podrían tener diferentes variaciones. No obstante ello, se intenta fijar un sistema que rija para todos por igual. </font><font face="Arial"> </font></p>
<p><font face="Arial">Los trabajadores de la educación alcanzados por este régimen son los de las jurisdicciones que tienen sus cajas jubilatorias transferidas a la Nación: la ciudad de Buenos Aires, Catamarca, Jujuy, La Rioja, Mendoza, Río Negro, Salta, San Juan, San Luis, Santiago del Estero y Tucumán. En las otras provincias rigen sistemas locales y no habrá cambios respecto de cómo cobran los jubilados. </font><font face="Arial"> </font></p>
<p><strong><span><font face="Arial">Cargos de referencia </font></span></strong><font face="Arial"> </font></p>
<p><font face="Arial">Según explicó Francisco Nenna, secretario general adjunto de Ctera, la comisión técnica que trabajará para poner en práctica la movilidad de la ley 24.016, recabará en primer lugar información sobre los salarios de los cuatro cargos de referencia: maestro de grado, profesor por hora, directivo y supervisor. </font><font face="Arial"> </font></p>
<p><font face="Arial">El objetivo es que este sistema rija desde marzo de 2009, la misma fecha en que se dará el primer ajuste por la nueva fórmula de movilidad del sistema general. Sin embargo, para los docentes no habrá una definición previa de los meses en que se darán los aumentos: la recomposición se hará cuando suban los salarios. </font><font face="Arial"> </font></p>
<p><font face="Arial">Para que las mejoras otorgadas a los docentes activos se traduzcan en un aumento a los pasivos deben ser montos incluidos en la remuneración imponible. Las alzas dadas como sumas no remunerativas no tendrían impacto. En ese sentido, Maldonado destacó que en los últimos tiempos &#8220;se ha blanqueado muchísimo&#8221; el salario de los docentes, lo que significa un paso importante para la sustentabilidad del sistema previsional. </font><font face="Arial"> </font></p>
<p><font face="Arial">A diferencia de los trabajadores incluidos en el régimen general -a quienes se les descuenta el 11% del salario- los docentes hacen un aporte previsional del 13 por ciento. </font><font face="Arial"> </font></p>
<p><font face="Arial">Maldonado afirmó que la movilidad regirá tanto para los docentes ya jubilados como para los que se vayan retirando. Sin embargo, los índices siempre se aplicarán desde 2009. </font><font face="Arial"> </font></p>
<p class="MsoNormal"><font face="Arial">En la Justicia hay muchas demandas por la movilidad no aplicada en los últimos años, en los que los aumentos dependieron de las decisiones de los gobiernos. En 2005, la Corte Suprema declaró, en el fallo Gemelli, la plena vigencia de la movilidad especial para docentes. &#8220;Queremos que haya una recomposición hacia atrás&#8221;, dijo ayer Nenna a La Nación.</font></p>
<p><font face="Arial">Por su parte, Luis Cuestas, titular de la Asociación de Personal del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria, un gremio incluido en el régimen de científicos, afirmó que se realizan gestiones para que quede clara la vigencia del régimen de la 22.929, que fija una movilidad especial, hoy no respetada. Según dijo, hubo reuniones en las que funcionarios del Gobierno se comprometieron a mantener el sistema especial. </font><font face="Arial"> </font></p>
<p><font face="Arial">Por Silvia Stang </font><font face="Arial">De la Redacción de LA NACION.</font></p>
<p><font face="Arial"> 4 de octubre de 2008 </font></p>
<p class="MsoNormal">&nbsp;</p>
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		<title>Día Intenacional de las Personas Mayores</title>
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		<pubDate>Tue, 30 Sep 2008 14:56:34 +0000</pubDate>
		<dc:creator>pbagnoli</dc:creator>
		
		<category>General</category>

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		<description><![CDATA[
  
Se Celebra el 1 de octubre en las grandes ciudades de todo el mundo
    
El miércoles 1 de octubre en la ciudad de Buenos Aires se celebrará el Día Internacional de las personas mayores, establecido por la OPS.Con tal motivo, todos los adultos mayores podrán participar de una serie de actividades organizadas por la dirección de [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><font face="Arial"><br />
  <br />
Se Celebra el 1 de octubre en las grandes ciudades de todo el mundo<br />
    <br />
El miércoles 1 de octubre en la ciudad de Buenos Aires se celebrará el Día Internacional de las personas mayores, establecido por la OPS.</font><font face="Arial">Con tal motivo, todos los adultos mayores podrán participar de una serie de actividades organizadas por la dirección de programas del ministerio de Salud, la subsecretaría de la Tercera Edad y el ministerio de Desarrollo Social que se ofrecerán en el Hogar San Martín –Warnes 2650– entre las 9 y las 13.30 horas.</font><font face="Arial">&#8220;Las actividades simbolizan un gran abrazo mundial que marca la presencia activa en la sociedad para promover su desarrollo&#8221;.<br />
Cronograma de Actividades Miércoles 1º de Octubre 2008<br />
Hogar San Martín</p>
<p>Ministerio de Salud de la Ciudad de Buenos Aires</p>
<p>Horario  Actividad</p>
<p>9-9.30 hs.  Bienvenida Auditorio</p>
<p>9.40-10.40hs .  Control de: Glucemia, Peso, Talla, Presión</p>
<p>10.30 hs.  COLACION</p>
<p>10.50-11.10 hs.  CAMINATA - En caso de lluvia se suspende</p>
<p>11.20-11.40 hs.  Evaluación en teatro</p>
<p>11.40-12.20 hs.  Obra de teatro - En caso de lluvia se adelanta a las 10.50hs.</p>
<p>Palabras de despedida</p>
<p>12.20-13 hs.  Refrigerio</p>
<p> De lunes a viernes de 09:00 a 16:00 hs. Tel 4521-1159 ( Gratuitos )<br />
 <br />
 <br />
 <br />
 <br />
</font>
</p>
]]></content:encoded>
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		<title>Habría un error en la fórmula para calcular las jubilaciones.</title>
		<link>http://redlaicos.org.ar/blog/adultosmayores/2008/09/16/habria-un-error-en-la-formula-para-calcular-las-jubilaciones/</link>
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		<pubDate>Tue, 16 Sep 2008 12:33:27 +0000</pubDate>
		<dc:creator>pbagnoli</dc:creator>
		
		<category>General</category>

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		<description><![CDATA[Movilidad: dudas sobre los ajustes 
Ahora proponen cambios.
Algo debe estar fallando en la fórmula para calcular la movilidad de los jubilados. De acuerdo a un experto, si se hubiera aplicado entre 2002 y 2007 la fórmula de movilidad, que tiene media sanción de Diputados, las jubilaciones hubieran aumentado 30 puntos menos que la variación de [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><strong>Movilidad: dudas sobre los ajustes </strong></p>
<p><strong>Ahora proponen cambios.</strong></p>
<p>Algo debe estar fallando en la fórmula para calcular la movilidad de los jubilados. De acuerdo a un experto, si se hubiera aplicado entre 2002 y 2007 la fórmula de movilidad, que tiene media sanción de Diputados, las jubilaciones hubieran aumentado 30 puntos menos que la variación de los sueldos y casi 35 puntos menos que el incremento de los ingresos de la ANSeS, por beneficio.</p>
<p>Así surge del estudio que presentó el especialista previsional Guillermo Jáuregui en la Comisión de Previsión de Senadores.</p>
<p>En base a las cifras oficiales, Jáuregui calculó cada uno de los componentes de la fórmula de movilidad. Y llegó a la conclusión que todas esas variables &#8212; salarios, recaudación de impuestos con destino a la Seguridad Social, ingresos de la ANSeS por beneficio&#8211; aumentaron punta a punta en porcentajes similares, del orden del 130/140%.</p>
<p>Sin embargo &#8211;explicó&#8211; la diferencia contra los jubilados se produce porque dentro de cada semestre (período que se computa para calcular el ajuste de las jubilaciones) hay grandes diferencias en las variaciones de cada uno de esos componentes. Y la fórmula de movilidad dice que de esas variaciones se elige la menor. &#8220;Al elegir cada 6 meses siempre el rubro que aumentó menos, acumula una diferencia contra los jubilados&#8221;.</p>
<p>Jáuregui lo explica así. &#8220;En los primeros años, entre 2001 y 2004, el crecimiento de los ingresos de la ANSeS, por beneficio, superó ampliamente la variación de los salarios. Ahí la fórmula nos dice: &#8220;Les reconozco todo el aumento de los salarios y de la recaudación de impuestos, al margen que los ingresos de la ANSeS hayan crecido a una velocidad mayor&#8221;. Cuando en los años 2005/2007 los salarios crecen más que los ingresos de la Seguridad Social, la fórmula nos dice: &#8220;No les puedo dar más aumentos que el de los ingresos, aunque los salarios hayan crecido más que la recaudación&#8221;.</p>
<p>Jáuregui plantea que, si se quiere mantener esa fórmula de movilidad, habría que hacerle un agregado. &#8220;En los períodos en que los ingresos reales superan los gastos que demanda el pago la movilidad, ese excedente debe reservarse en un fondo especial. Y ese fondo se utilizará para el pago de la movilidad en el período en que la variación de los salarios supera el incremento de los recursos&#8221;. Así las jubilaciones podrían seguir la variación de los salarios.</p>
<p>Entre 2002 y 2007, las jubilaciones tuvieron aumentos diferenciados. El haber mínimo subió un 297% (de $ 150 a 596) pero los que ganaban menos de $ 1.000 recibieron un 66,8% y los de más de $ 1.000, 41,1%. En la franja de los que menos aumentos recibieron hay 1,2 millón de jubilados. De ahí que, junto a la movilidad salarial, se reclame también una recomposición de esos haberes.</p>
<p>Por:  Ismael Bermúdez Diario Clarín.
</p>
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		<title>EL DOCTOR EUGENIO SEMINO FRENTE A LA MEDIA  SANCIÓN DE LA LEY DE MOVILIDAD JUBILATORIA</title>
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		<pubDate>Mon, 08 Sep 2008 20:39:26 +0000</pubDate>
		<dc:creator>pbagnoli</dc:creator>
		
		<category>General</category>

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		<description><![CDATA[En las primeras horas del jueves 4 de septiembre la Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de movilidad jubilatoria del Poder Ejecutivo cuya presentación, impulsada por dos fallos de la Corte Suprema de la Nación, era esperada por los millones de jubilados y pensionados que, desde la gestión del ex ministro Domingo Cavallo, [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p class="MsoNormal"><font face="Arial">En las primeras horas del jueves 4 de septiembre la Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de movilidad jubilatoria del Poder Ejecutivo cuya presentación, impulsada por dos fallos de la Corte Suprema de la Nación, era esperada por los millones de jubilados y pensionados que, desde la gestión del ex ministro Domingo Cavallo, fueron despojados de la garantía constitucional sobre la movilidad de sus haberes. </font></p>
<p class="MsoNormal"><font face="Arial">Las expectativas crecieron en los últimos días a través de los debates efectuados en la Comisión de Previsión Social del Congreso y, en especial, con la muy publicitada decisión presidencial de incorporar dos índices salariales (sumando el RIPTE, propio del Ministerio de Trabajo, al original del INDEC) para elegir el más favorable a los jubilados en el cálculo de la variación registrada por las remuneraciones. Esta resolución, que atendió una demanda de la CGT y la CTA, no modificó esencialmente el núcleo del proyecto oficial – la fórmula que determina la movilidad- manteniéndose incólume ese mix donde el monto de la recaudación pondrá topes a aumentos que deberían estar atados a los del salario de los trabajadores activos. </font></p>
<p class="MsoNormal"><font face="Arial">La cuestión de fórmula y las dificultades para interpretarla sumaron confusión,<span>  </span>y, en buena medida, una saludable desconfianza, a los esfuerzos de los jubilados para entender un proyecto del cual son los destinatarios naturales. Con el ánimo de ayudar a aclarar el panorama y a pensar cómo abordarlo.</font></p>
<p class="MsoNormal"><font face="Arial">GerontoVida entrevistó al doctor Eugenio Semino, ombudsman de la Tercera Edad y partícipe activo en el actual debate. </font></p>
<p class="MsoNormal"><font face="Arial">Semino: “El derecho de los jubilados a la movilidad no se resuelve con fórmulas”</font></p>
<p class="MsoNormal"><font face="Arial"><span> </span>El titular del Área de la Tercera Edad de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, Eugenio Semino, se muestra cauteloso frente a la media sanción de la ley de movilidad jubilatoria<span>  </span>“Hay que tratar de desacelerar la euforia alrededor de esta ley porque puede concitar una gran expectativa que, al no ser cubierta, genere en una población tan frágil, una fuerte decepción. Mas vale analizar cuidadosamente el proyecto y detectar las cuestiones de fondo que sustentan el cuadro actual”. Semino desarrolla una visión crítica del proyecto de ley de movilidad. Pero, a la vez, cree que puede abrir un debate imprescindible sobre el futuro de la seguridad social. </font></p>
<p class="MsoNormal"><font face="Arial">- GerontoVida ¿En que se basa su posición ante la ley? , </font></p>
<p class="MsoNormal"><font face="Arial">- Eugenio Semino: Creo que más allá de las pequeñas modificaciones que se introdujeron, la presencia de la fórmula que determina la movilidad indica que el proyecto mantiene su espíritu original. Subordinar la movilidad a la recaudación tributaria previsional implica la persistencia de la de la filosofía impuesta en los años ’90 por Cavallo y el menemismo cuando arrasaron con el sistema solidario. Desde entonces la garantía constitucional de la movilidad ha sido sustituida por las decisiones de aumentos o de quitas, que tomó cada gestión gubernamental al hacer sus cuentas, y así, en el 2001 Fernando de la Rúa llegó a recortar el 13 % del haber jubilatorio, en tanto en los últimos años se otorgaron varios aumentos.</font></p>
<p class="MsoNormal"><font face="Arial">GV - Esta ley se proponía restituir la movilidad, fijar un mecanismo que la determinara automáticamente. </font></p>
<p class="MsoNormal"><font face="Arial">ES - Es cierto, pero mientras la movilidad del haber jubilatorio debe relacionarse con las variaciones de los salarios del trabajador, el proyecto establece una fórmula que le pone topes, condiciona esa movilidad al monto de la recaudación previsional impositiva. Insisto: el haber jubilatorio, que es un sustituto del sueldo del trabajador activo, debe estar en relación con el índice de salarios. En el proyecto que logró media sanción, el reconocimiento efectivo del derecho constitucional de los jubilados a la movilidad termina dependiendo otra vez de la disponibilidad de caja, de los fondos que resulten a partir de la tan cuestionada fórmula. </font></p>
<p class="MsoNormal"><font face="Arial">GV - Sin embargo, quienes defienden el proyecto sostienen que la combinación de la variación salarial con la recaudación impositiva es necesaria para que la movilidad sea sustentable, para que no se prometa “algo imposible de cumplir”… ¿es así? , </font></p>
<p class="MsoNormal"><font face="Arial">ES - De ningún modo. Si se tiene claro que debe hacerse efectiva la movilidad atada al salario de los trabajadores puede buscarse la “sustentabilidad”, (es decir, no desfinanciar al sistema) sin afectar los derechos y la calidad de vida de los jubilados. En los debates previos hubo propuestas en ese sentido, como las que introducían la recaudación global del sistema dándole un muy reducido peso en el coeficiente del “mix”. O también se puede mencionar otra posibilidad, la de pensar en el restablecimiento de aportes patronales que Cavallo redujo en un promedio de seis puntos…Aún sin incluir a las pequeñas y medianas empresas se contaría con una cifra suficiente para cubrir los 7.400 millones que requeriría recomponer los haberes jubilatorios. </font></p>
<p class="MsoNormal"><font face="Arial">GV - ¿Cómo ve usted el panorama que se abre? , </font></p>
<p class="MsoNormal"><font face="Arial">ES - Creo que las cuestiones básicas que hacen a la situación de millones de jubilados no pasan centralmente por un tema de fórmulas y que incluso la diferencia entre los ajustes del haber que ellas suponen son de relativa importancia. En el 2007 el gobierno actual dio dos aumentos que sumaron el 25 %, un porcentaje mayor que lo estimado como aumento tanto en las fórmulas del oficialismo como las de la oposición. No pasa por allí la resolución de este problema. Con una jubilación mínima de 690 pesos, el 10 o 15 % de aumento que pueda lograrse continuará dejando a la mayoría de los jubilados bajo la línea de pobreza y sin la cobertura de sus necesidades básicas. Se requiere abordar otras cuestiones, plantearse la necesidad de una reforma integral del sistema.</font></p>
<p class="MsoNormal"><font face="Arial">-GV ¿De dónde partir? , </font></p>
<p class="MsoNormal"><font face="Arial">ES- Lo positivo es que puede abrirse ahora la posibilidad de un rico debate. Tanto sobre la movilidad, teniendo en cuenta el criterio válido que fijó la Corte Suprema considerando al haber jubilatorio como un sueldo diferido, como sobre lo que sustenta el cuadro actual - “las lluvias que trajeron estos barros”- que, reitero, no es sino la filosofía de Cavallo, sus leyes, la 24.241 y la 24.463, armadas para que la movilidad no exista. </font></p>
<p class="MsoNormal"><font face="Arial">Hay que usar este envión para lograr la derogación de esas leyes, que yo llamo de Obediencia Debida y Punto Final del sistema de Seguridad Social. </font></p>
<p class="MsoNormal"><font face="Arial">A la vez, creo imprescindible que se realice el gran debate sobre la importancia de reformar la estructura que originó la actual crisis del sistema y sobre la nueva Seguridad Social que debemos construir en Argentina, donde el Estado paga a cinco millones y medio de jubilados y pensionados pero es el sistema privado quien percibe el grueso de la recaudación. Ese es el fondo de la cuestión. Se requiere reunir a integrantes de los más diversos sectores para abordar de una vez estos temas. Convencidos de que esta oportunidad actual puede ser un buen punto de partida, nosotros convocaremos a este debate pendiente.</font></p>
<p class="MsoNormal"><font face="Arial">GerontoVida, Boletín nº 24, 8 de septiembre de 2008.</font></p>
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		</item>
		<item>
		<title>Jubilaciones: el Gobierno no aceptará cambios al proyecto</title>
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		<pubDate>Wed, 27 Aug 2008 22:14:32 +0000</pubDate>
		<dc:creator>pbagnoli</dc:creator>
		
		<category>General</category>

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		<description><![CDATA[ LA INICIATIVA DE MOVILIDAD EN LA CAMARA DE DIPUTADOS
Lo decidió anoche.
Ratifican que se ajustará la mínima y la Prestación Universal.
 El Gobierno decidió anoche que no aceptará modificaciones a su proyecto de movilidad jubilatoria, como reclamaron ayer los bloques opositores de la Cámara de Diputados.
Además, ratificó el adelanto del ministro de Trabajo, Carlos Tomada, de que [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p> LA INICIATIVA DE MOVILIDAD EN LA CAMARA DE DIPUTADOS</p>
<p>Lo decidió anoche.<br />
Ratifican que se ajustará la mínima y la Prestación Universal.</p>
<p> El Gobierno decidió anoche que no aceptará modificaciones a su proyecto de movilidad jubilatoria, como reclamaron ayer los bloques opositores de la Cámara de Diputados.<br />
Además, ratificó el adelanto del ministro de Trabajo, Carlos Tomada, de que tanto la jubilación mínima como la Prestación Básica Universal también se ajustarán dos veces por año mediante el índice de movilidad. En el proyecto se fijaba que esos dos beneficios serían determinados en la Ley de Presupuesto.</p>
<p>Los bloques opositores en Diputados se pusieron de acuerdo en reclamar del Gobierno cambios en el proyecto de movilidad.</p>
<p>Ayer, hubo una reunión de trabajo de la Subcomisión de Previsión. El oficialismo participó sólo para recibir la propuesta y considerarla en reunión de bloque, según informó María América González.</p>
<p> Los puntos centrales de la propuesta opositora son:</p>
<p>   La movilidad comenzará a aplicarse a partir del 1° de enero de 2009 cada tres meses. El proyecto oficial fija el 1° de marzo con ajustes cada 6 meses.<br />
 <br />
   Antes deberá hacerse una recomposición de haberes para los que recibieron aumentos inferiores a la variación del índice de movilidad para reconstruir la pirámide previsional.<br />
   El haber mínimo se fija en el 82% del salario mínimo vital y móvil (hoy de $ 1.200).<br />
A los docentes e investigadores se les aplicará la movilidad propia. Esto significa que conservarán el 82 u 85% del sueldo del cargo por el que se jubilaron.<br />
 <br />
   La Prestación Básica Universal &#8211;que cobran los que se jubilan por la ANSeS y AFJP&#8211; será fijada como un porcentaje a definir del sueldo medio. El proyecto la fija en $ 326. La ley previsional establece que la PBU mínima es del 27,5% del ingreso medio del sistema. Hoy serían unos $ 500.<br />
  <br />
   Índice de Movilidad: se aplicará la variación de la RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables) que elabora la Secretaria de Seguridad Social, en base a las declaraciones juradas de las empresas. Entre diciembre de 2001 y diciembre de 2007, la RIPTE subió el 135,3%. El índice que propuso el Gobierno combina los salarios del INDEC, que contiene sueldos públicos y privados en negro y en blanco, con la recaudación tributaria, dividido por la variación del padrón de jubilados. Pero se agrega que si los ingresos de la ANSeS son inferiores, se aplicará la menor variación.<br />
 <br />
   Tope: el índice no tendrá ningún condicionamiento por otras variables, como ingresos de la ANseS.<br />
 <br />
   Los jubilados con sentencias tendrán la movilidad fijada por los fallos.<br />
 <br />
   Declarar la intangibilidad de los fondos de sustentabilidad de la ANSeS, que acumula hoy unos $ 20.000 millones.<br />
 <br />
Por:  Ismael Bermudez , diario Clarín
</p>
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		</item>
		<item>
		<title>PASES A REPARTO GENERAN DEUDA POR $1.100 MILLONES ANUALES</title>
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		<pubDate>Tue, 19 Aug 2008 17:28:54 +0000</pubDate>
		<dc:creator>pbagnoli</dc:creator>
		
		<category>General</category>

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		<description><![CDATA[
Las cuentas públicas computan como ingreso los aportes al régimen previsional de reparto pero eluden registrar la deuda implícita que esto genera por el compromiso de otorgar en el futuro una jubilación a cada persona activa que aporta. Bajo esta lógica, al incrementarse los traspasos al régimen de reparto aumentan los ingresos presentes, pero también [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><strong><span><font face="Arial"><span></span></font></span></strong></p>
<p class="MsoNormal"><font face="Arial">Las cuentas públicas computan como ingreso los aportes al régimen previsional de reparto pero eluden registrar la deuda implícita que esto genera por el compromiso de otorgar en el futuro una jubilación a cada persona activa que aporta. Bajo esta lógica, al incrementarse los traspasos al régimen de reparto aumentan los ingresos presentes, pero también la deuda no registrada. </font></p>
<p class="MsoNormal"><font face="Arial">Si en el 2007 la contabilidad pública hubiera registrado correctamente los compromisos de gastos futuros no se hubiese obtenido superávit fiscal.<span>  </span></font></p>
<p class="MsoNormal"><font face="Arial">En la lógica de un régimen de reparto los aportes de los trabajadores activos constituyen un ingreso presente para el Estado. También una obligación fiscal futura, por el derecho a jubilación que genera ese aporte. La contabilidad pública, tanto en el régimen general (Administración Nacional de la Seguridad Social) como en los regímenes especiales (cajas provinciales y municipales, cajas profesionales, regímenes especiales de policía y militares, etc), tienden a contabilizar el ingreso presente, pero eluden registrar el gasto futuro. Esto da pie a una cosmética contable que permite mostrar excedentes “de caja” aunque desde el punto de vista patrimonial la situación sea la contraria.</font></p>
<p class="MsoNormal"><font face="Arial">En el caso de la ANSES cada aportante al régimen de reparto le entrega al Estado el 11% de su salario. Con ello, adquiere el derecho a obtener una jubilación equivalente al 1,5% del salario por cada año de aporte. El Estado computa el 11% del salario anual como ingreso, pero no lleva registros del compromiso de pagar el 1,5% del salario por cada año de aporte. </font></p>
<p class="MsoNormal"><font face="Arial">Tomando el valor presente de esa jubilación futura, surge que por cada $1 aportado, la deuda pública no registrada se acrecienta aproximadamente en la misma magnitud. Con datos oficiales se puede mostrar la distorsión que causa esta falta de registro: </font></p>
<p class="MsoNormal"><font face="Arial">•<span>          </span>En el 2007 ingresaron al Estado $7.814 millones por apropiación de ahorros acumulados en las cuentas de capitalización generando compromisos futuros de montos equivalentes.</font></p>
<p class="MsoNormal"><font face="Arial">•<span>          </span>También entraron $1.037 millones por aportes de personas que voluntaria o coercitivamente pasaron a reparto, monto que implica pagos de jubilaciones futuras del orden de los $1.100 millones anuales a precios del 2007.</font></p>
<p class="MsoNormal"><font face="Arial">•<span>          </span>Esto implica que los gastos futuros comprometidos –o deudas previsionales no registrada– acumulados durante el 2007 sería del orden de los $8.900 millones.<span>  </span></font></p>
<p class="MsoNormal"><font face="Arial">En un régimen de capitalización los aportes se depositan en una cuenta a nombre del trabajador para que estén disponibles al momento de la jubilación. En el régimen de reparto, los aportes son apropiados de manera directa por el Estado y no se registra la obligación futura. Así, la “caja” del Estado muestra excedentes que estimulan el derroche de los recursos públicos. Ejemplos en este sentido son los subsidios discrecionales a empresas privadas de energía, transportes y alimentos, o el financiamiento de los déficits de empresas estatizadas como AYSA y, más recientemente, Aerolíneas Argentinas.</font></p>
<p class="MsoNormal"><font face="Arial">Si la contabilidad pública registrara la deuda que se genera por captar recursos a través del mecanismo de hacer volver gente al régimen de reparto, el superávit financiero de $6.924 millones que el Ministerio de Economía informa para el año 2007, se convertiría en un déficit de -$1.980 millones (0,2 puntos del PBI). En otras palabras, el superávit “de caja” que muestran las cuentas públicas refleja más una maniobra contable de corto plazo que una situación de solvencia fiscal. </font></p>
<p><strong><font face="Arial">Esto será plenamente percibido cuando en el futuro las personas que volvieron a reparto reclamen su jubilación y el Estado no pueda honrar los compromisos asumidos. </font></strong><strong><font face="Arial">El mecanismo tradicionalmente utilizado para no cumplir con los compromisos es negar la movilidad, o, establecer esquemas de movilidad que estén por debajo de la inflación. “Licuar” las prestaciones es una manera disimulada de eludir el compromiso. </font></strong><strong><font face="Arial">En este sentido, para el sistema previsional, la falta de movilidad opera de manera análoga al default que se hace en el mercado financiero con un título público. </font></strong><font face="Arial"> </font></p>
<p class="MsoNormal"><font face="Arial">En este marco, las disposiciones que contiene el proyecto de ley sobre movilidad que envío el Poder Ejecutivo al Congreso resultan premonitorias. El proyecto, por un lado, perpetúa la “licuación” producida sobre los haberes entre el 2002 y el 2008. Por el otro, fija como criterio que la movilidad estará limitada por la evolución de los ingresos per cápita del sistema. Esta limitante es muy importante en un contexto donde se expande la cantidad de personas cubiertas a través de moratorias y la inducción a regresar al régimen de reparto. </font></p>
<p class="MsoNormal"><font face="Arial">El principal mensaje del proyecto enviado por el Poder Ejecutivo es que para soportar el fuerte crecimiento en la cantidad de nuevos jubilados, inducido por las políticas previsionales aplicadas en los últimos años, es necesario perpetuar la “licuación” de las prestaciones previsionales presentes y extenderla a las jubilaciones futuras. </font></p>
<p class="MsoNormal"><font face="Arial">Por eso, es fundamental que la discusión en el Congreso del proyecto sobre movilidad previsional sea abordada bajo una perspectiva más integral. Sólo de esta manera se podrá garantizar que las promesas presentes sean honradas en el futuro respetando principios básicos de legalidad y equidad.</font></p>
<p class="MsoNormal"><font face="Arial">IDESA, informe del 17 de Agosto de 2008 </font></p>
]]></content:encoded>
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		</item>
		<item>
		<title>La movilidad debe estar en relación con la variación salarial</title>
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		<pubDate>Sun, 17 Aug 2008 03:29:14 +0000</pubDate>
		<dc:creator>pbagnoli</dc:creator>
		
		<category>General</category>

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		<description><![CDATA[ 
Dr. Eugenio Semino en el Congreso 
Partiendo de que el índice de la movilidad jubilatoria debe ineludiblemente efectivizar el principio establecido por la Constitución Nacional, el doctor Eugenio Semino cuestionó la fórmula incluida en el proyecto girado al Congreso por el Poder Ejecutivo y afirmó la necesidad de que el haber jubilatorio sea ajustado considerando la [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p class="MsoNormal"> </p>
<p><font face="Arial"><strong>Dr. Eugenio Semino en el Congreso</strong></font><font face="Arial"> </font></p>
<p><font face="Arial">Partiendo de que el índice de la movilidad jubilatoria debe ineludiblemente efectivizar el principio establecido por la Constitución Nacional, el doctor Eugenio Semino cuestionó la fórmula incluida en el proyecto girado al Congreso por el Poder Ejecutivo y afirmó la necesidad de que el haber jubilatorio sea ajustado considerando la variación del salario del trabajador. En caso de incorporarse a la recaudación como componente del índice, Semino sostuvo que debería tratarse de la recaudación total de la Seguridad Social y en una proporción baja, (“no más del 15 %”) quedando clara la nítida preponderancia del elemento salarial en el coeficiente. </font><font face="Arial"> </font></p>
<p><font face="Arial">En el debate desarrollado durante tres días en la comisión de Previsión que preside el diputado formoseño (FPV) Juan Carlos Díaz Roig , el tema de la fórmula que determinaría el ajuste por movilidad concitó críticas compartidas, fundamentalmente al establecimiento de topes (que, “en aras que sea sustentable”) limitan el monto resultante de la variación del salario y que incluyen no sólo la incorporación de la recaudación en concepto de impuestos sino las muy disímiles interpretaciones para descifrar la mencionada fórmula. </font><font face="Arial"> </font></p>
<p><font face="Arial">Varios de los participantes –las organizaciones de jubilados y pensionados, representantes de la CGT, de la CTA, los jueces de la Cámara de Seguridad Social doctores Luis Herrera y Néstor Fasciolo, el abogado especializado Guillermo Jáuregui, entre otros- expusieron y fundamentaron rigurosamente sus críticas, a la vez que plantearon diversas modificaciones al proyecto oficial. </font><font face="Arial"> </font></p>
<p><font face="Arial">Otro eje importante del debate en el Congreso fue el referido a qué haber será el que funcione como “piso” para aplicar la movilidad, registrándose una amplia coincidencia sobre la necesidad de recomponer previamente los haberes. “La movilidad no puede calcularse sobre la mínima actual sino sobre una equiparada al salario mínimo que ha fijado el Consejo del Salario”, sostuvo el Dr. Semino. También se coincidió en que la PBU (Prestación Básica Universal) no debe ser reajustada por la Ley de Presupuesto sino que tiene ser incluida en la movilidad automática. </font><font face="Arial"> </font></p>
<p><font face="Arial"> </font></p>
<p><font face="Arial">También pidió una “recomposición general de los haberes”, para que los futuros ajustes tengan “un piso más alto”. </font><font face="Arial"> </font></p>
<p><font face="Arial"><strong>Cuestiones calientes </strong></font><font face="Arial"> </font></p>
<p><font face="Arial">El proyecto oficial no incluye los ajustes retroactivos por movilidad sino que supone “legislar para adelante”. “El proyecto convalida la privación de movilidad desde 1995 al 2008”, señaló el Dr. Luis Herrera. Al respecto, Eugenio Semino cree que el tema debe ser tratado : “Pagar lo que llamamos ‘todo Badaro’, es decir todos los casos referidos a ese fallo, supondría un costo de 14 mil millones de pesos. Con los recursos existentes está claro que puede hacerse”. </font><font face="Arial"> </font></p>
<p><font face="Arial">En vinculación con el tema de la retroactividad , el proyecto del ley llega incluso a sostener que serán sus pautas las que se aplicarán los reclamos que se han efectuado al respecto en sede judicial, planteo que varios oradores rechazaron enfáticamente , aludiendo a su inconstitucionalidad. </font><font face="Arial"> </font></p>
<p class="MsoNormal"><font face="Arial">Los debates en el Congreso no escamotearon las cuestiones de fondo que hacen a la seguridad social en la Argentina . En este sentido la política de arrasamiento llevada a cabo por la administración de Domingo Cavallo en la década de los 90 fue un punto de referencia constante en las numerosas intervenciones que enmarcaron la discusión de este proyecto de movilidad en la reforma del sistema previsional y de la seguridad social que consideran imprescindible. El Dr. Semino subrayó en su intervención, la importancia de la dimensión sociológica de las leyes para su real cumplimiento a partir de que la sociedad las sientan como necesarias. En ese sentido consideró la relevancia de que surjan del consenso entre sus actores , de que contemplen , en este caso, la situación integral de los jubilados (vivir con la mínima, salud, gastos, etc) , y la importancia de reformar la estructura que originó la actual crisis del sistema , abriendo la discusión a esa tarea . “Un punto de partida puede ser esta oportunidad actual. Podemos aprovecharla también para construir un poder que logre la derogación de las leyes de Cavallo ( 24241 y 24463) e inicie el debate sobre la reforma del sistema”</font></p>
<p><font face="Arial"> </font></p>
<p class="MsoNormal"><font face="Arial">Fuente GerontoVida.org.ar</font></p>
]]></content:encoded>
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		</item>
		<item>
		<title>Los cambios al sistema jubilatorio</title>
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		<pubDate>Sun, 17 Aug 2008 03:16:02 +0000</pubDate>
		<dc:creator>pbagnoli</dc:creator>
		
		<category>General</category>

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		<description><![CDATA[ Críticas a la ley de movilidad 
El proyecto de ley de movilidad de haberes jubilatorios que el Poder Ejecutivo envió al Congreso cosechó ayer más cuestionamientos.  
En la tercera reunión de la Comisión de Previsión Social de Diputados, que preside Juan Carlos Díaz Roig (FPV-Formosa), fue el turno de escuchar a abogados, camaristas de la seguridad [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><span><font face="Arial"> </font></span><font face="Arial">Críticas a la ley de movilidad</font><font face="Arial"> </font></p>
<p><font face="Arial">El proyecto de ley de movilidad de haberes jubilatorios que el Poder Ejecutivo envió al Congreso cosechó ayer más cuestionamientos. </font><font face="Arial"> </font></p>
<p><font face="Arial">En la tercera reunión de la Comisión de Previsión Social de Diputados, que preside Juan Carlos Díaz Roig (FPV-Formosa), fue el turno de escuchar a abogados, camaristas de la seguridad social y al defensor de la Tercera Edad de la ciudad de Buenos Aires, Eugenio Semino. </font><font face="Arial"> </font></p>
<p><font face="Arial">Las críticas tuvieron varios ejes, e incluso hubo advertencias respecto de que la nueva ley podría alentar una mayor litigiosidad. </font><font face="Arial"> </font></p>
<p><font face="Arial">El juez Luis Herrero, de la Cámara de la Seguridad Social, hizo hincapié en que el proyecto no reconoce la deuda del Estado con los pasivos, acumulada por falta de movilidad desde 1995. </font><font face="Arial"> </font></p>
<p><font face="Arial">De hecho, si bien en los últimos años los gobiernos otorgaron aumentos, para muchos esas alzas no siguieron de cerca el crecimiento ni de los salarios de los trabajadores activos ni de los precios. </font><font face="Arial"> </font></p>
<p><font face="Arial">Según explicó Herrero , la disposición de un tope para las subas por ser aplicadas, sumada al hecho de que la fórmula del índice combina el alza de salarios con la evolución de la recaudación de impuestos, es algo que &#8220;se aparta de la doctrina de la Corte Suprema&#8221;, que en el fallo Badaro ordenó ajustar el ingreso sólo según el alza promedio de salarios, sin limitaciones. </font><font face="Arial"> </font></p>
<p><font face="Arial">El abogado Guillermo Jáuregui demostró, con cálculos propios, que de haber estado vigente entre 2001 y 2007 el sistema propuesto, el tope previsto habría afectado los ajustes. Estimó que, sin la limitación, el alza acumulada habría llegado al 125,45%; con el tope, el ajuste habría sido del 97,05 por ciento. </font><font face="Arial"> </font></p>
<p><font face="Arial">Según la iniciativa, si la recaudación por jubilado de los recursos totales del sistema sube menos que el índice combinado de evolución de sueldos y recaudación impositiva, se usará el primer índice. </font><font face="Arial"> </font></p>
<p><font face="Arial">Jáuregui cuestionó que la Prestación Básica Universal (PBU), que para muchos es una parte significativa del haber, no se ajustaría con el índice de movilidad, sino según lo que disponga la ley de presupuesto. </font><font face="Arial"> </font></p>
<p><font face="Arial">También Semino criticó ese aspecto y agregó que debería tomarse en cuenta sólo la evolución salarial para calcular la movilidad. En todo caso, dijo, si se considera la recaudación, debería incluirse la evolución de los aportes y contribuciones a la seguridad social. </font><font face="Arial"> </font></p>
<p><font face="Arial">De la reunión, en la que los técnicos lamentaron la ausencia de varios legisladores oficialistas, participaron también el juez Néstor Fasciolo y la abogada Graciela Cipoletta, entre otros expertos. </font><font face="Arial"> </font></p>
<p><font face="Arial">Por Silvia Stang </font><font face="Arial">Diario La Nación.</font><font face="Arial"> </font>
</p>
]]></content:encoded>
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		</item>
		<item>
		<title>1,7 MILLONES DE JUBILACIONES ADICIONALES POR MORATORIAS</title>
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		<pubDate>Tue, 12 Aug 2008 19:11:47 +0000</pubDate>
		<dc:creator>pbagnoli</dc:creator>
		
		<category>General</category>

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		<description><![CDATA[Luego de la fuerte “licuación” producida por la devaluación, el gasto previsional recuperó los niveles que tenía con anterioridad a la crisis. Sin embargo, con similar nivel de gasto se está cubriendo a una mayor cantidad de personas debido a la incorporación de más de 1,7 millones de beneficios otorgados con las moratorias. Esto implica [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Luego de la fuerte “licuación” producida por la devaluación, el gasto previsional recuperó los niveles que tenía con anterioridad a la crisis. Sin embargo, con similar nivel de gasto se está cubriendo a una mayor cantidad de personas debido a la incorporación de más de 1,7 millones de beneficios otorgados con las moratorias. Esto implica que estos beneficios otorgados a gente que no hizo aportes se están financiando con la “licuación” de los beneficios de quienes sí lo hicieron. Si esta injusticia no es corregida por el Congreso, la litigiosidad seguirá en ascenso.<br />
El superávit de las cuentas públicas logrado con posterioridad a la devaluación se basó fundamentalmente en que mientras la recaudación se ajustó de manera casi inmediata con la inflación y el crecimiento de la actividad, los componentes más importantes del gasto lo hicieron a un ritmo mucho más lento. Un gasto particularmente afectado es el previsional. Esto se logró apelando a un manejo discrecional de los ajustes en las jubilaciones. Un rol muy importante en este sentido lo jugó el intenso proceso de “licuación” que sufrieron los haberes superiores al mínimo.</p>
<p>Desde el 2001 hasta la actualidad, los haberes entre el mínimo y los $1.000 se incrementaron en 79% y los haberes superiores a $1.000 lo hicieron en apenas 63%. Para dar una idea del rezago que sufren estas jubilaciones basta con señalar que la inflación oficial en el mismo período ha sido de 116%.<br />
La “licuación” de los haberes previsionales superiores al mínimo provocó una importante caída del gasto previsional medido en términos de PBI. Esto contribuyó a la formación del superávit fiscal, sin embargo, el fenómeno ha sido transitorio. Según datos de la Secretaría de Seguridad Social se puede observar que:</p>
<p>• El gasto previsional promedio entre 1997 y 2001 fue de 5,4% del PBI por año.</p>
<p>• Con la “licuación” producida luego de la devaluación, en el 2005, el gasto previsional baja a 3,9% del PBI por año.</p>
<p>• Luego comienza a crecer nuevamente hasta llegar, en el 2007, a 5,1% del PBI por año.  <br />
La evolución del gasto previsional medido en términos de PBI muestra que la falta de movilidad de los haberes hizo una contribución muy relevante a la generación de superávit fiscal. Hacia el año 2005, la caída de gasto previsional fue del orden de 1,5% del PBI por año. Este simple dato muestra hasta qué punto la “licuación” de haberes previsionales juega un rol fundamental en la recomposición de las finanzas públicas. Sin embargo, el gasto previsional en el 2007 ha vuelto a recuperar el nivel que tenía con anterioridad a la crisis.<br />
La reversión en la tendencia del gasto previsional a partir del 2005 no fue consecuencia de que se comenzara a aplicar la movilidad. Por el contrario, los jubilados cuyos haberes están por encima del mínimo siguen sufriendo las pérdidas en el poder adquisitivo que les causó la falta de movilidad. El aumento de las erogaciones se explica, básicamente, porque comienza a crecer de manera vertiginosa la cantidad de beneficios otorgados.<br />
Hacia fines del 2007, hay más de 1,7 millones de nuevos beneficios otorgados sin aportes a través de las moratorias. Con esto, la cantidad de beneficios del sistema creció en un 50% generando un aumento del gasto previsional del orden de 1,4% del PBI por año para el cual no se contempló un financiamiento específico.<br />
<strong>En otra palabras, el otorgamiento de jubilaciones a gente que no hizo aportes está siendo financiado por el “ahorro” generado con la “licuación” de las jubilaciones de gente que hizo aportes para cobrar por encima del mínimo.</strong><br />
Esto permite entender por qué el proyecto oficial sobre movilidad previsional omite reconocer la falta de movilidad que se dio en el pasado. <strong>El objetivo subyacente es cristalizar y perpetuar la “licuación” acumulada en los últimos años a fin de contar con el financiamiento necesario para pagar los 1,7 millones de beneficios otorgados con las moratorias.</strong> Sin embargo, las personas afectadas están recurriendo a la justicia para subsanar la arbitrariedad. Así, los fallos del Poder Judicial colisionan con la decisión del Poder Ejecutivo de “licuar” recursos de los jubilados para desviar el excedente a financiar los beneficios otorgados a gente sin aportes.<br />
Por eso, para restablecer una justa movilidad en un marco de respeto por la Constitución es fundamental replantear el esquema de las moratorias. En lugar de usar un artilugio legal para dar acceso a jubilaciones de manera irregular e indiscriminada, es necesario establecer un mecanismo transparente y permanente de cobertura asistencial a favor de personas que llegan a la vejez y no tienen medios económicos.<br />
Inclusión social no es distribuir discrecionalmente recursos previsionales apropiados de manera indebida, sino asignar fondos públicos para apoyar a personas en estado de vulnerabilidad. En este contexto, el problema más complejo de resolver es definir qué tratamiento dar a la gran cantidad de beneficios que se otorgaron con las moratorias favoreciendo a muchas personas de segmentos medios y altos, y que ahora generan un costo adicional para el Estado del orden de 1,4 puntos del PBI por año. Obtenidos a partir de la “Licuación” de haberes para financiar las moratorias previsionales.</p>
<p>Fuente IDESA 10 de Agosto de 2008 – Número 245
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